N° | 6071 |
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Título | Licencia por paternidad del agente varón |
Resumen | Por nacimiento de los hijos del agente varón se otorgará 15 días de corridos, siempre y cuando se acredite la convivencia efectiva con la madre de su hijo, dicha licencia gozará con percepción íntegra de haberes. |
Descripción | La finalidad de dicha norma es la de permitir al agente varón el contacto con su hijo recién nacido, permitir la intimidad de los padres y fortalecer los lazos familiares igualitarios en la crianza de los hijos. |
Organismo | |
Fecha publicacion | 2014-05-09 |
Año | 2014 |
BOM | 2111 |
Texto | |
Texto actualizado | Modificar el inciso 1) del art. 77º de la Ordenanza Nº 3641 |