Norma

7220
Título Emplazamiento para trámite de Jubilación
Resumen

Establece que el régimen de licencias y franquicias previsto en la Ord. N° 3641, será aplicable a los Titulares de los Juzgados Administrativos de Faltas, a los Secretarios y Prosecretarios.

Descripción

Determina que dicho emplazamiento se realizará a los fines de que el Juez de Faltas en condiciones de acceder al beneficio, acredite el inicio del trámite en el término de 60 días de producido el mismo; bajo apercibimiento de disponerse su cese o lo dispuesto en el art. 25 inc. g) de la Ord. N° 3641.

Organismo
Fecha publicacion 2022-06-26
Año 2022
BOM 3833
Texto
Texto actualizado

Sin Novedad.