N° | 7220 |
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Título | Emplazamiento para trámite de Jubilación |
Resumen | Establece que el régimen de licencias y franquicias previsto en la Ord. N° 3641, será aplicable a los Titulares de los Juzgados Administrativos de Faltas, a los Secretarios y Prosecretarios. |
Descripción | Determina que dicho emplazamiento se realizará a los fines de que el Juez de Faltas en condiciones de acceder al beneficio, acredite el inicio del trámite en el término de 60 días de producido el mismo; bajo apercibimiento de disponerse su cese o lo dispuesto en el art. 25 inc. g) de la Ord. N° 3641. |
Organismo | |
Fecha publicacion | 2022-06-26 |
Año | 2022 |
BOM | 3833 |
Texto | |
Texto actualizado | Sin Novedad. |