Norma

7319
Título Contribución por Mejoras
Resumen

Modifica el art. 1º de la Ordenanza 6837, el cual quedará redactado: Contribución por mejoras es la prestación pecuniaria que obligatoriamente debe abonar todo propietario o poseedor a título de dueño de los inmuebles ubicados en el ejido municipal.

Descripción

En lo atinente a las exenciones para la contribución por las mejoras las mismas regirán de acuerdo a lo establecido en el Título II del Código Fiscal Municipal Ord. 6525, referido a las exenciones del impuesto inmobiliario.

Organismo
Fecha publicacion 2022-12-30
Año 2022
BOM 3955
Texto
Texto actualizado

Modifica art. 1º, 3º, 4º, 5º, 6º y 9º y Deroga art. 8º de la Ordenanza 6837.